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Documentación y trámites de una compraventa de aeronave

Antes de firmar, al firmar y después: qué entrega el vendedor y qué registra el comprador
4 de octubre de 2026 por
Sam Lefever

Una aeronave de segunda mano cambia de manos bajo dos conjuntos de normas. La compraventa es un contrato sujeto al derecho civil de cada país. La documentación y la responsabilidad sobre ella siguen la Parte ML para la mayoría de aeronaves ligeras certificadas y normas nacionales para los ultraligeros.

Esta guía sigue la venta en orden: antes de firmar, al firmar, después y antes del primer vuelo. Incluye los trámites de Francia, Bélgica, Alemania, Austria y Suiza; en otros países, consulta a la autoridad de aviación civil del país de matrícula. Las cifras proceden de las 2.603 aeronaves anunciadas en venta en PlaneNest el 4 de octubre de 2026.

Quién vende y qué dicen los anuncios

Datos consultados el 4 de octubre de 2026 sobre 2.603 aeronaves en venta en PlaneNest.

60%
lo venden particulares

14%
indica si el IVA está pagado

20%
no indica precio

Antes de firmar

Haz inspeccionar primero la aeronave y su documentación. Nuestra guía de inspección previa a la compra enumera qué comprobar e incluye una lista imprimible.

Comprueba después las cargas registradas. En Francia, la hipoteca se inscribe en el registro de aeronaves y solo entonces es oponible a terceros Código de Transportes, art. L6122-8; cualquiera puede pedir por escrito copia certificada de las inscripciones art. D6111-31. En Alemania, las garantías se inscriben en un registro separado del juzgado de Braunschweig, abierto a todos LuftFzgG § 85.

En Suiza, derechos como las hipotecas se inscriben en el libro de aeronaves (Luftfahrzeugbuch), separado del registro y gestionado por FOCA. Es público y protege a quien confía en él de buena fe LBG, art. 13 y 16; solo se inscribe una aeronave si su propietario lo solicita LBG, art. 1(2): pide a FOCA un extracto certificado. En Austria, el registro identifica al titular, no las cargas LFG § 16; la prenda de un bien mueble exige entregarlo al acreedor ABGB § 451.

El registro internacional del Convenio de Ciudad del Cabo cubre células certificadas para al menos ocho personas, motores de al menos 550 caballos de potencia al eje y helicópteros certificados para al menos cinco personas Protocolo aeronáutico, art. I(2). La mayoría de aeronaves ligeras queda por debajo; algunos helicópteros de cinco plazas no.

Pregunta por el IVA. Un particular que vende su aeronave no cobra IVA: este grava entregas de un sujeto pasivo que actúe como tal Directiva 2006/112/CE, art. 2(1)(a), es decir, quien ejerce una actividad económica art. 9(1). Un profesional puede aplicar el régimen del margen, que grava la diferencia entre precio de venta y de compra art. 313(1) art. 315. Solo el 14% de anuncios aclara el IVA.

Qué debe recoger el contrato de compraventa

Ningún texto europeo fija su contenido y cada registro tiene sus requisitos. La autoridad francesa publica un modelo y exige un original firmado por compradores y vendedores DGAC, matriculación de aeronaves. El LBA alemán no acepta solo el contrato como prueba de transmisión de propiedad LBA, preguntas sobre matriculación.


Las partes

Nombres completos y direcciones de vendedores y compradores, incluidos todos los copropietarios.

La aeronave

Tipo, número de serie y matrícula; números de serie del motor y la hélice, y sus horas en la fecha de la venta.

La documentación que se entrega

Los libros de registro y los registros de mantenimiento de la aeronavegabilidad, que acompañan a la aeronave ML.A.307(a), el certificado de matrícula, el manual de vuelo y el informe de masa y centrado.

Precio e IVA

El precio, cómo y cuándo se paga, y si el IVA está incluido, no procede o se aplica al margen.

Estado

El resultado de la inspección previa a la compra, los defectos conocidos ese día y los daños que haya sufrido la aeronave.

Entrega

La fecha y el lugar de entrega, y quién asegura la aeronave hasta entonces.

Al firmar

El vendedor entrega los registros de mantenimiento de la aeronavegabilidad con la aeronave ML.A.307(a), y los plazos de conservación siguen corriendo para el comprador ML.A.307(c).

El certificado de matrícula se devuelve a la autoridad. En Francia lo devuelve el antiguo propietario art. D6111-20. En Bélgica pierde validez cuando cesan los derechos del titular y debe devolverse inmediatamente Real Decreto de 15 de marzo de 1954, art. 11. En Alemania acompaña a la solicitud del nuevo propietario formulario LBA-Nr. 10.

La venta no invalida por sí sola el certificado de revisión de la aeronavegabilidad. El ARC caduca, entre otros casos, si la aeronave sale del registro de un Estado miembro de la UE ML.A.902(a). En PlaneNest, 670 anuncios indican hasta qué fecha se declara aeronavegable la aeronave; 218 de esas fechas ya han pasado.

Después de firmar: inscribir al nuevo propietario

El procedimiento en tres países

Cada país mantiene su propio registro. Este es el procedimiento que publican las autoridades francesas, belgas y alemanas.


Francia

El nuevo propietario envía el formulario «Inscription d'un aéronef au registre d'immatriculation» a DSAC Nord, Mission des immatriculations, con el contrato original y el certificado de matrícula original, en los tres meses siguientes a la venta art. D6111-20. Hasta inscribirse, la venta no es oponible a terceros art. L6121-2.

Francia, ultraligeros

El vendedor declara la venta en 15 días mediante el formulario R8-ULM-F502. El comprador solicita una tarjeta de identificación a la oficina aeronáutica de la nueva base con el formulario R8-ULM-F503, por 20 €. Con la tarjeta tachada y la declaración, puede volar un mes DGAC, trámites de ULM.

Bélgica

El nuevo propietario solicita la inscripción a la Dirección General de Transporte Aéreo del SPF Movilidad, mediante su portal de aviación o en papel, con documentos que acrediten sus derechos —por ejemplo, una factura—, el certificado aduanero DL2, el certificado de matrícula anterior y el libro de registro SPF Movilidad, matriculación. Los cambios se notifican en treinta días Real Decreto de 15 de marzo de 1954, art. 8.

Alemania

El nuevo propietario presenta el formulario LBA-Nr. 10 al Luftfahrt-Bundesamt, marcando «Eigentumswechsel», con el certificado anterior, un documento de identidad y, si cambia el titular, un nuevo justificante de seguro formulario LBA-Nr. 10. El LBA exige comunicar el cambio sin demora LBA, preguntas sobre matriculación.

En otros países

La autoridad de aviación civil del país de matrícula publica su formulario y la lista de documentos. Pídelos antes de firmar para que el contrato incluya lo que exige el registro.

Otros tres registros

Alemania registra sus ultraligeros por separado de las demás aeronaves; Austria y Suiza tienen sus propios registros.


Alemania, ultraligeros

Los ultraligeros se registran en DAeC o DULV, no en el LBA LuftVZO § 14(2). El propietario comunica el cambio sin demora LuftVZO § 11(2). DULV exige el certificado de matrícula original, prueba de compra, inspección anual de menos de un año y seguro de responsabilidad civil a nombre del nuevo titular DULV, autorización de circulación. Planeadores y motoveleros siguen en el LBA LuftVZO § 14(1).

Austria

Austro Control registra aviones, aeronaves de alas giratorias y motoveleros; el Aero Club Austríaco registra planeadores y ultraligeros ÖAeC-Zuständigkeitsverordnung § 1. El registro identifica al titular: el cambio se comunica y solicita sin demora, devolviendo el certificado anterior ZLLV § 9. Austro Control pide FO_LFA_AIR_005, la transmisión del vendedor en FO_LFA_AIR_013, el certificado original y seguro vigente Austro Control, registro.

Suiza

Propietario y titular notifican por escrito cualquier cambio a FOCA en diez días, adjuntando certificados de matrícula y aeronavegabilidad LFV, art. 10. Firman la solicitud el nuevo y el antiguo propietario FOCA, cambio de inscripción. Cambiar de titular invalida el programa de mantenimiento de una aeronave EASA: el nuevo presenta otro con la solicitud FOCA, cambio de inscripción. Si consta en el libro de aeronaves, la propiedad solo se transmite mediante contrato escrito e inscripción LBG, art. 23.

Antes del primer vuelo

Asegura la aeronave. Los operadores deben tener seguro de responsabilidad civil frente a terceros Reglamento (CE) n.º 785/2004, art. 4(1); se presume operador a la persona a cuyo nombre está matriculada art. 3(c). La cobertura mínima por accidente depende de la masa máxima al despegue: 0,75 millones de derechos especiales de giro (DEG) por debajo de 500 kg, 1,5 millones por debajo de 1.000 kg y 3 millones por debajo de 2.700 kg art. 7(1). Planeadores y ultraligeros solo están exentos de la parte de guerra y terrorismo art. 2(2)(g). Un Estado miembro puede inmovilizar la aeronave hasta que se acredite la cobertura art. 8(7).

Asume el programa de mantenimiento. Un programa declarado por el propietario lo identifica y lleva su declaración firmada ML.A.302(c)(1) ML.A.302(c)(7): el comprador declara el suyo o encarga su aprobación a una CAMO o CAO ML.A.302(b). Desde la venta responde del mantenimiento de la aeronavegabilidad ML.A.201(a).

Si una CAMO o CAO gestiona la aeronave, el vendedor debe comunicar la venta a esa organización y a la autoridad Parte ML, apéndice I (e)(2)(viii). El contrato identifica al propietario apéndice I (c)(2), por lo que el comprador firma uno nuevo.

Cambia la licencia de radio. La estación de la aeronave tiene su propia licencia: en Bélgica la emite BIPT y el nuevo propietario solicita el cambio mediante su formulario BIPT, formulario de licencia; en Alemania debe solicitarlo sin demora a Bundesnetzagentur Bundesnetzagentur, indicativos. En Francia la emite la autoridad de aviación civil; si la licencia de un ultraligero sigue a nombre del anterior titular, debe solicitarse de nuevo DGAC, nota 02/ULM.

En Austria, la oficina de telecomunicaciones (Fernmeldebüro) concede la licencia de estación de radio solo al titular de la aeronave Fernmeldebüro, Flugfunk. En Suiza, se notifica el uso de radio a OFCOM, que emite la Aircraft Station Licence OFCOM, radio aeronáutica; un cambio de titular exige modificarla FOCA, cambio de inscripción.

Preguntas de vendedores y compradores


¿Un vendedor particular cobra IVA?

No. El IVA se aplica a las entregas de un sujeto pasivo que actúe como tal Directiva 2006/112/CE, art. 2(1)(a). Un profesional puede aplicar el régimen del margen art. 313(1).

¿Se pierde el ARC con la venta?

La venta por sí sola no lo invalida. Caduca, entre otros casos, si la aeronave sale del registro de un Estado miembro de la UE ML.A.902(a).

¿Quién responde de la aeronave hasta que cambie el registro?

La persona que figura en el registro se presume operador a efectos del seguro Reglamento (CE) n.º 785/2004, art. 3(c); en Francia, la venta solo es oponible a terceros una vez registrada art. L6121-2. Registra pronto el cambio e indica en el contrato quién asegura la aeronave mientras tanto.

¿Puede el comprador volar un ultraligero francés antes de recibir la nueva tarjeta?

Sí, durante un mes, con la tarjeta tachada y la declaración de venta DGAC, trámites de ULM.

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Fuentes consultadas el 4 de octubre de 2026.

EASA, Easy Access Rules de mantenimiento de la aeronavegabilidad, revisión de septiembre de 2025: Parte ML, puntos ML.A.201, ML.A.302, ML.A.307, ML.A.902 y apéndice I.

Reglamento (CE) nº 785/2004 sobre requisitos de seguros, texto consolidado, EUR-Lex: artículos 2, 3, 4, 7 y 8.

Directiva 2006/112/CE del Consejo sobre el IVA, EUR-Lex: artículos 2, 9, 313 y 315.

Decisión 2009/370/CE del Consejo, Protocolo aeronáutico del Convenio de Ciudad del Cabo, EUR-Lex: artículo I(2).

Francia: Código de Transportes, art. L6121-2, art. L6122-8, art. D6111-20 y D6111-31, en Légifrance; DGAC, matriculación de aeronaves, trámites de ULM y nota técnica 02/ULM.

Bélgica: SPF Movilidad, matriculación de aeronaves; Real Decreto de 15 de marzo de 1954 sobre navegación aérea, artículos 8 y 11, en Justel; BIPT, formulario de licencia aeronáutica.

Alemania: Luftfahrt-Bundesamt, preguntas sobre matriculación y formulario LBA-Nr. 10; LuftFzgG § 85; Bundesnetzagentur, radio aeronáutica.

Alemania, ultraligeros: LuftVZO § 11 y § 14; DULV, autorización de circulación; DAeC, UL approval y annual inspection.

Austria: LFG § 16, ZLLV § 9 y ÖAeC-Zuständigkeitsverordnung § 1, en RIS; Austro Control, registro de aeronaves; ABGB § 451; Fernmeldebüro, radio aeronáutica.

Suiza: LFG art. 52, LFV art. 10 y LBG art. 1, 13, 16 y 23, en Fedlex; FOCA, cambio de inscripción; OFCOM, radio aeronáutica.

Cifras de PlaneNest: anuncios de aeronaves en venta en línea el 4 de octubre de 2026; una aeronave encontrada en varios sitios se cuenta una vez. Esta guía explica las normas, no ofrece asesoramiento jurídico o fiscal sobre una venta concreta.

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